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RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2014, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se incoa procedimiento y se abre un periodo de información pública para la declaración de la Estación Transformadora, situada en las proximidades de la Academia General Militar de Zaragoza, como Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés.

Publicado el 14/08/2014 (Nº 159)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, clasifica los bienes que integran el Patrimonio Cultural Aragonés en Bienes de Interés Cultural, Bienes Catalogados y Bienes Inventariados.

La Ley define los Bienes Catalogados como aquellos que pese a su significación e importancia, no cumplen las condiciones propias de los Bienes de Interés Cultural. Estos bienes serán incluidos en el Catálogo del Patrimonio Cultural Aragonés.

La declaración de un Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés precisa de la tramitación de un procedimiento que ahora se inicia y que ha de resolverse en un plazo máximo de 18 meses. El procedimiento será el establecido en el artículo 24 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés y la inclusión de dicho bien en el Catálogo se hará por orden de la Consejería del Departamento responsable de Patrimonio Cultural.

La Estación Transformadora objeto de catalogación tiene sus antecedentes en las primeras compañías eléctricas. En 1904 bajo el nombre de Sociedades Eléctricas Reunidas se unen tres empresas del sector: Compañía Aragonesa de Electricidad, Electra Peral Zaragozana y Fuerzas Motrices del Gállego. En 1910 pasa a denominarse Eléctricas Reunidas de Zaragoza, tras su fusión con la empresa Teledinámica del Gállego. La Estación transformadora que nos ocupa se diseño en 1926 por el ingeniero José Gasqué y fue construida en 1929. Esta compuesta por tres cuerpos de planta de "L", entre los que destaca el central por su mayor altura y de cubierta de madera a doble vertiente. En el cuerpo central se abre una puerta en arco rebajado, enfatizada por decoración floral con motivos florales y geométricos. Dicha decoración se concentra en dos rectángulos situados a ambos lados de la puerta hasta alcanzar el remate de la fachada y en un gran lienzo sobra la entrada, lugar en el que aparece el año en que se diseñó el edificio, 1926. Como remate, un óculo ovalado con la clave muy resaltada ocupando la totalidad del hastial escalonado que cierra el alzado.

El material de construcción empleado es el ladrillo, en combinación con los motivos decorativos cerámicos. En las alas del edificio se ubican dos rótulos cerámicos realizados en letras capitales donde figura: "Estación Transformadora " y

"Eléctricas Reunidas de Zaragoza S.A.". En la zona norte se localiza el tramo corto de la "L" del edificio en la que se abrían cuatro puertas, hoy clausuradas y sobre ellas se ubica un motivo decorativo cuadrado de 1,20 metros por cada lado y realizado en azulejo blanco con bisel que lo rodea de color azul. En cuanto a la fachada trasera es similar a la principal pero carece de decoración cerámica.

Se trata de un edificio de funcionalidad industrial y de estilo post-modernista realizado en ladrillo y con decoración cerámica de azulejos blancos con motivos florales y geométricos que debe ser objeto de catalogación como testimonio de las primeras estaciones transformadoras de electricidad de la ciudad que se conservan en la actualidad.

Por ello, el Director General de Patrimonio Cultural, acuerda:

Primero.- Incoar procedimiento para la declaración de la Estación Transformadora situada en las proximidades de la Academia General Militar de Zaragoza, como Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés, conforme al plano de delimitación provisional del bien y de su entorno de protección que se publica como anexos I.

Según el artículo 24.4 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, la notificación al titular o poseedor de la iniciación de un expediente para la inclusión de un bien en el Catálogo del Patrimonio Cultural Aragonés determinará la aplicación inmediata y provisional del régimen de protección previsto en la presente Ley para los bienes ya catalogados, establecido en el artículo 51 de dicha Ley. Este precepto señala que cualquier intervención en un bien inmueble catalogado y en su entorno precisará la autorización previa del Departamento responsable de Patrimonio Cultural.

Segundo.- Abrir un periodo de información pública durante el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", para que cualquier persona, física o jurídica, pueda examinar el expediente en las oficinas de esta Dirección General de Patrimonio Cultual en horario de lunes a viernes de 9 a 14 horas (c/Pablo Ruiz Picasso, 65 D, 2.ª planta de Zaragoza). Igualmente, dentro de dicho plazo, podrán formularse las alegaciones que se estimen oportunas, dirigiéndose al Director General de Patrimonio Cultural, en la dirección antes indicada.

Tercero.- Publicar la presente resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", y notificarla al Ayuntamiento de Zaragoza.

Zaragoza, 29 de julio de 2014.- El Director General de Patrimonio Cultural, Javier Callizo Soneiro.